El desarrollo urbanístico de esta zona, alejada del casco histórico de la ciudad y por tanto, libre ya de condicionante históricos y normativos que afectan fuertemente a la configuración de la ciudad, se caracteriza por una división del territorio en parcelas de formas muy singulares y trazados curvos de calles acaso motivada por la complejidad topográfica de la zona. La particular forma de la parcela consiste en una especie de cuarto de disco de ancho prácticamente constante en su desarrollo y pendientes en ambos sentidos (trasversal y longitudinal). Debido a las pendientes existentes el acceso a la parcela se puede producir sólo desde una de las calles con las que limita en uno de sus dos extremos.
A los condicionantes formales de la parcela se les añade el hecho de tratarse de viviendas de protección pública lo cual obliga a un compromiso responsable por parte del Arquitecto en términos de optimización de superficies y persecución de la máxima expresión formal con el mínimo consumo de recursos posible.
Del resultado del análisis de todos estos condicionantes, Las viviendas se distribuyen a lo largo de dos hileras curvas paralelas que se arquean de igual modo que la parcela y que se acomodan a los desniveles existentes originando una diferencia de altura entre las hileras exterior e interior y produciendo saltos entre distintos segmentos de las hileras (coincidentes con las juntas de dilatación).
El gran desarrollo de fachada, principal cuestión formal y estética del conjunto, es resuelto mediante el juego de volúmenes en planta baja que emergen o se retranquean y el sencillo recurso de las inclinaciones relativas de los planos de las fachadas en la planta superior que rompe de una forma muy efectiva la monotonía de un desarrollo excesivo de fachada confiriendo contraste y diversidad formal al conjunto.
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